﻿{"id":530,"date":"2023-11-08T13:30:58","date_gmt":"2023-11-08T18:30:58","guid":{"rendered":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/lingua-e-cultura\/borse-di-studio\/cooperazione-culturale\/"},"modified":"2024-05-24T12:09:32","modified_gmt":"2024-05-24T17:09:32","slug":"cooperazione-culturale","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/lingua-e-cultura\/borse-di-studio\/cooperazione-culturale\/","title":{"rendered":"Cooperazione culturale e scientifica"},"content":{"rendered":"<p class=\"AlignCenter\" style=\"text-align: center;\"><strong>IV PROGRAMA EJECUTIVO DEL ACUERDO CULTURAL ENTRE<br \/>\nEL GOBIERNO DE LA REP\u00daBLICA ITALIANA Y<br \/>\nEL GOBIERNO DE LA REP\u00daBLICA DEL PER\u00da<br \/>\nPARA LOS A\u00d1OS 2002 &#8211; 2006<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Parte Italiana y la Parte Peruana, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 12 del Acuerdo Cultural del 8 de abril de 1961 entre la Rep\u00fablica de Italia y la Rep\u00fablica del Per\u00fa, con el fin de desarrollar las relaciones culturales y cient\u00edficas entre ambos pa\u00edses, han acordado el siguiente Programa Ejecutivo de colaboraci\u00f3n cultural y cient\u00edfica para los a\u00f1os 2002-2006.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>I. COOPERACI\u00d3N EN EL CAMPO DE LA EDUCACI\u00d3N CON ESPECIAL REFERENCIA A LA ENSE\u00d1ANZA DE IDIOMAS Y A LA DIFUSI\u00d3N DE LA CULTURA<br \/>\n<\/strong><br \/>\n<strong>1.11.1 <\/strong>Cooperaci\u00f3n en materia de ense\u00f1anza escolar<br \/>\nLas dos Partes facilitar\u00e1n y ampliar\u00e1n la ense\u00f1anza de la lengua y la cultura de la otra Parte en las escuelas de todos los niveles y en las universidades, especialmente mediante la creaci\u00f3n de c\u00e1tedras y conferencias, as\u00ed como mediante iniciativas para la formaci\u00f3n de profesores de las lenguas respectivas.<br \/>\nLas dos Partes constatan con satisfacci\u00f3n el funcionamiento en Lima del colegio legalmente reconocido &#8220;A. Raimondi College&#8221; de La Molina, y del colegio puramente p\u00fablico &#8220;St. Margaret&#8217;s College&#8221; del Callao.<br \/>\nLas dos Partes se comprometen a alcanzar, en el plazo de un a\u00f1o a partir de la firma del presente Programa, acuerdos locales para la definici\u00f3n del estatuto del personal docente procedente de las funciones del Ministerio de Educaci\u00f3n, Universidad e Investigaci\u00f3n italiano.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>1.2<\/strong>.Intercambios escolares<br \/>\nCon el fin de mejorar el conocimiento mutuo y la colaboraci\u00f3n en el campo de la educaci\u00f3n, las dos Partes (para la Parte italiana el Ministerio de Educaci\u00f3n, Universidad e Investigaci\u00f3n y para la Parte peruana el &#8220;Ministerio de Educaci\u00f3n&#8221;) intercambiar\u00e1n una delegaci\u00f3n de 3 expertos y\/o representantes de los respectivos Ministerios competentes, durante un m\u00e1ximo de 7 d\u00edas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>1.3<\/strong> Reconocimiento mutuo de per\u00edodos de estudio y calificaciones<br \/>\nLas dos Partes facilitar\u00e1n el intercambio de material informativo sobre los sistemas escolares y universitarios de los dos Pa\u00edses con el fin de acordar, a trav\u00e9s de un grupo conjunto de expertos, cuyas conclusiones se formalizar\u00e1n mediante un Acuerdo a trav\u00e9s de un canje de notas, criterios para una correcta evaluaci\u00f3n comparativa de los estudios realizados y de las cualificaciones previstas en los respectivos sistemas, que se recomendar\u00e1n a las respectivas autoridades e instituciones encargadas del reconocimiento de los estudios y cualificaciones obtenidos en el extranjero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>1.4<\/strong> La parte italiana (la Direcci\u00f3n General de Promoci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n Cultural del Ministerio de Asuntos Exteriores) pone a disposici\u00f3n textos sobre estudios italianos, literatura, historia, geograf\u00eda, ballet, teatro, danza moderna, folclore, legislaci\u00f3n en materia cultural y gesti\u00f3n del Patrimonio Cultural, para cursos de formaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de profesores y conferenciantes y para aquellas instituciones culturales que, a trav\u00e9s de las sedes diplom\u00e1ticas, los soliciten.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>1.5<\/strong> C\u00e1tedras y lectorados italianos<br \/>\nLas dos Partes favorecer\u00e1n el desarrollo de los cursos de italiano ya existentes en las Universidades de Lima y Arequipa, donde funcionan dos c\u00e1tedras titulares.<br \/>\nLa parte italiana considerar\u00e1 favorablemente la posibilidad de seguir aportando, dentro de los l\u00edmites de las posibilidades presupuestarias, contribuciones a otras Universidades peruanas para apoyar la creaci\u00f3n y el funcionamiento de c\u00e1tedras de lengua y cultura italianas a cargo de profesores italianos de lengua materna contratados localmente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>II. BECAS<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.1<\/strong>. La parte italiana ofreci\u00f3 54 becas mensuales a ciudadanos peruanos en el a\u00f1o acad\u00e9mico 2002-2003.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.2<\/strong>. La Parte peruana se reserva el derecho de comunicar el n\u00famero de becas que ofrecer\u00e1 anualmente a los ciudadanos italianos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.3<\/strong> Cada Parte podr\u00e1 modificar el n\u00famero de becas mensuales para los a\u00f1os acad\u00e9micos siguientes, de acuerdo con los fondos disponibles para cada a\u00f1o fiscal. Cualquier modificaci\u00f3n ser\u00e1 notificada por v\u00eda diplom\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.4.<\/strong> Las Universidades de los dos pa\u00edses podr\u00e1n establecer acuerdos para facilitar la emisi\u00f3n rec\u00edproca de becas, para estudios de postgrado, o especializaci\u00f3n, para sus profesores y estudiantes de postgrado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.5.<\/strong> La Universidad de Palermo ofrecer\u00e1 becas a las Universidades con las que haya firmado acuerdos de cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.6.<\/strong> La Universidad Nacional &#8220;San Agust\u00edn de Arequipa&#8221; ofrecer\u00e1 dos becas de tres meses a ciudadanos italianos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>2.7<\/strong> La Sociedad Dante Alighieri, que tiene la misi\u00f3n de difundir la lengua y la cultura italiana, est\u00e1 presente en Per\u00fa con el Comit\u00e9 de Trujillo. Para los a\u00f1os 2002-2004 ofrecer\u00e1 3 becas de 1.550,00 euros cada una, para asistir a un curso de lengua y cultura italiana en Italia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>III. COOPERACI\u00d3N EN EL SECTOR UNIVERSITARIO<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>3.1<\/strong> Las dos Partes fomentar\u00e1n la cooperaci\u00f3n entre las universidades e instituciones de ense\u00f1anza superior de los dos pa\u00edses, mediante la celebraci\u00f3n de acuerdos, convenios y el intercambio de profesores, datos e informaci\u00f3n, as\u00ed como el desarrollo de proyectos conjuntos de investigaci\u00f3n, seminarios y congresos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>3.2 <\/strong>Durante el per\u00edodo de vigencia de este Programa, las dos Partes intercambiar\u00e1n anualmente 3 profesores o investigadores universitarios en visitas no superiores a 15 d\u00edas, con vistas a consolidar acuerdos para nuevas colaboraciones y la realizaci\u00f3n de proyectos conjuntos de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>3.3<\/strong> Asimismo, las Partes toman nota con satisfacci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Final de la Primera Conferencia Ministerial Europa-Am\u00e9rica Latina-Caribe sobre Educaci\u00f3n Superior (Par\u00eds, 2-3 de noviembre de 2000), en la que expresan su voluntad com\u00fan de avanzar cualitativa y cuantitativamente en las relaciones interuniversitarias entre los pa\u00edses europeos y sus socios de Am\u00e9rica Central y del Sur, con vistas a la creaci\u00f3n de un Espacio Europeo-Latinoamericano de Educaci\u00f3n Superior.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>3.4<\/strong> Las dos Partes (para la Parte peruana, la Asamblea Nacional de Rectores del Per\u00fa) promover\u00e1n tambi\u00e9n colaboraciones interuniversitarias en el marco del Programa de Cooperaci\u00f3n Universitaria ALFA II UE-Am\u00e9rica Latina &#8211; Formaci\u00f3n Acad\u00e9mica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>IV. COOPERACI\u00d3N CIENT\u00cdFICA Y TECNOL\u00d3GICA<br \/>\n<\/strong><br \/>\n<strong>4.1<\/strong> Las Partes (para la Parte italiana, el Ministerio de Asuntos Exteriores &#8211; MAE &#8211; y el Ministerio de Educaci\u00f3n, Universidades e Investigaci\u00f3n -MIUR- y, para la Parte peruana, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnolog\u00eda -CONCYTEC-) promover\u00e1n el desarrollo de la cooperaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica entre los dos pa\u00edses a trav\u00e9s de<br \/>\n&#8211; acuerdos y convenios entre instituciones de los dos pa\u00edses que operen en los campos de las ciencias b\u00e1sicas y aplicadas;<br \/>\n&#8211; la realizaci\u00f3n de proyectos conjuntos de investigaci\u00f3n y desarrollo tecnol\u00f3gico<br \/>\n&#8211; la organizaci\u00f3n de conferencias, seminarios y exposiciones cient\u00edficas<br \/>\n&#8211; el intercambio de informaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>4.2<\/strong> Las Partes fomentar\u00e1n la elaboraci\u00f3n de proyectos conjuntos que puedan incluirse en los programas de la Uni\u00f3n Europea y de otras organizaciones internacionales y la participaci\u00f3n m\u00e1s activa de cient\u00edficos y expertos de ambos pa\u00edses en su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>4.3<\/strong> Ambas Partes fomentar\u00e1n la realizaci\u00f3n de los siguientes proyectos conjuntos de investigaci\u00f3n<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1) T\u00edtulo: Vigilancia a distancia de los movimientos del terreno y de los edificios por causas naturales (deslizamientos, hundimientos, fen\u00f3menos volc\u00e1nicos y terremotos) o artificiales (minas, excavaciones, t\u00faneles, movimientos de tierras).<br \/>\nCoordinador italiano: Universidad de Florencia; Dept. de Electr\u00f3nica y Telecomunicaciones; Prof. Carlo Atzeni , via Santa Marta, 3 ; 50139 Firenze ; tel 055 4796272; Fax 055 494569; e-mail atzeni@det.unifi.it;<br \/>\nJefe Peruano: Instituto Geof\u00edsico del Per\u00fa; Prof. Orlando Macedo; Urb. Camino Real &#8211; La Molina, Lima 12, Peru&#8217;; Apdo Postal 3747; Lima 100 ; Fax 51 1 4368437;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2) T\u00edtulo: Estudio fitoqu\u00edmico y farmacogn\u00f3stico de plantas medicinales peruanas, su uso m\u00e9dico, informatizaci\u00f3n de datos cl\u00ednicos y experimentales.<br \/>\nJefe Italiano: Universidad de Pavia; Departamento de Qu\u00edmica Org\u00e1nica; Prof. Giovanni Vidari ;Via Taramelli 10, 27100 PAVIA;Tel\u00e9fono: 0382 507322;<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: elettronica:vidari@chifis.unipv.it ;<br \/>\nJefe Peruano: Instituto Peruano de Fitoterapia Andina (IPIFA)<br \/>\nDr. Edmundo Szeglia IFIPA, Pedro Venturo; Miraflores 440, Lima 18, Per\u00fa; Tel. 0051 1 445-8624;<br \/>\nPostaelettronica:ipifa@amauta.rcp.net.pe<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3) T\u00edtulo: Aspectos ecol\u00f3gicos, productivos y de gesti\u00f3n del lago Titicaca.<br \/>\nResponsable italiano: Universidad de Roma &#8220;La Sapienza&#8221;; Departamento de Gen\u00e9tica y Biolog\u00eda Molecular; Prof. Loreto Rossi; Via dei Sardi, 70, 00185 ROMA;Tel\u00e9fono y fax: +39 6 4940800; E-mail: loreto.rossi@uniroma1.it ;<br \/>\nResponsable peruano: Universidad &#8216;Nacional del Altiplano&#8217; de Puno<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>V. CULTURA Y ARTE<br \/>\n<\/strong><br \/>\nM\u00fasica, Teatro, Danza, Cine y Artes<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.1<\/strong>. Las dos Partes favorecer\u00e1n la realizaci\u00f3n de espect\u00e1culos y giras de grupos o artistas individuales particularmente calificados, as\u00ed como el intercambio de partituras y material musical entre la Orquesta Sinf\u00f3nica del Per\u00fa y sus corresponsales en Italia, y la colaboraci\u00f3n e intercambios entre importantes Organismos y Asociaciones de los respectivos pa\u00edses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.2<\/strong> La Fundaci\u00f3n &#8220;Valentino Bucchi&#8221; est\u00e1 dispuesta a realizar iniciativas comunes en el marco de la creaci\u00f3n art\u00edstica y cultural de nuestro tiempo. En particular, la Fundaci\u00f3n tiene la intenci\u00f3n de proponer a m\u00fasicos y expertos designados por el pa\u00eds de env\u00edo, la participaci\u00f3n en el jurado del &#8220;Premio Internacional Valentino Bucchi&#8221; y otras actividades (conferencias, seminarios, festivales). Los gastos de alojamiento y manutenci\u00f3n correr\u00e1n a cargo de la Fundaci\u00f3n, mientras que los gastos de viaje correr\u00e1n a cargo de la Parte Remitente o de un organismo o instituci\u00f3n delegado por \u00e9sta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.3<\/strong> La Fondazione Roma-Europa est\u00e1 dispuesta a colaborar con las instituciones culturales peruanas interesadas para llevar a cabo iniciativas conjuntas en el \u00e1mbito de las actividades culturales y de las creaciones art\u00edsticas en particular.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.4<\/strong> Las dos Partes fomentar\u00e1n la organizaci\u00f3n de espect\u00e1culos y eventos particularmente representativos de la cultura cinematogr\u00e1fica de los dos pa\u00edses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.5<\/strong> Las dos Partes facilitar\u00e1n rec\u00edprocamente la organizaci\u00f3n de festivales cinematogr\u00e1ficos, el intercambio de informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n, y fomentar\u00e1n la participaci\u00f3n en los festivales cinematogr\u00e1ficos m\u00e1s importantes de ambos pa\u00edses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.6<\/strong> Las dos Partes promover\u00e1n la cooperaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la coproducci\u00f3n, la distribuci\u00f3n y la comercializaci\u00f3n de pel\u00edculas, en particular en relaci\u00f3n con las acciones destinadas a terceros mercados, incluso mediante acciones conjuntas con las organizaciones internacionales pertinentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.7<\/strong> Las Partes apoyar\u00e1n las actividades del Instituto Internacional de Cine y Audiovisual de los Pa\u00edses Latinos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.8.<\/strong> Ambas Partes fomentar\u00e1n la organizaci\u00f3n de exposiciones y eventos representativos de la artesan\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Exposiciones y Museos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.9<\/strong> Las dos Partes organizar\u00e1n exposiciones de alto nivel durante la vigencia del presente Programa Ejecutivo. Los detalles de estos intercambios, incluidos los de car\u00e1cter financiero, se establecer\u00e1n por v\u00eda diplom\u00e1tica caso por caso.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.10<\/strong> Las dos Partes (por parte italiana el Ministerio de Bienes y Actividades Culturales y por parte peruana el &#8220;Instituto Nacional de Cultura&#8221;) fomentar\u00e1n la cooperaci\u00f3n entre sus respectivos museos (participaci\u00f3n en seminarios, intercambio de expertos, publicaciones e informaci\u00f3n sobre actividades y criterios t\u00e9cnico-cient\u00edficos y normas de funcionamiento y desarrollo de los museos; as\u00ed como, de conformidad con sus respectivas y pertinentes legislaciones, el pr\u00e9stamo de obras); fomentando las exposiciones de arte peruano en Italia y las de arte italiano, especialmente de la \u00e9poca antigua, en Per\u00fa. Las condiciones de esta colaboraci\u00f3n se acordar\u00e1n por v\u00eda diplom\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.11<\/strong> El &#8220;Museo de Arte de Lima&#8221; ha manifestado su inter\u00e9s en establecer v\u00ednculos de cooperaci\u00f3n y firmar un convenio interinstitucional con el Museo de Arte Contempor\u00e1neo de Roma.<br \/>\nAl mismo tiempo, el &#8220;Museo de Arte de Lima&#8221; propone, entre otras iniciativas para promover el intercambio cultural, actividades de formaci\u00f3n de profesionales de ambos museos as\u00ed como la realizaci\u00f3n de proyectos expositivos tales como:<br \/>\n&#8211; Exposiciones hist\u00f3ricas italo-peruanas sobre el arte del siglo XX o sobre algunas de sus tendencias.<br \/>\n&#8211; Rese\u00f1as de arte italiano\/peruano, exposiciones retrospectivas individuales.<br \/>\n&#8211; La obra de reconocidos y prestigiosos artistas italianos\/peruanos internacionales, con una visi\u00f3n no necesariamente antol\u00f3gica de su obra.<br \/>\n&#8211; &#8216;Zona Cero o Espacio Uno&#8217;, programa destinado a reunir los aspectos m\u00e1s recientes de la creaci\u00f3n de j\u00f3venes artistas de las Facultades de las Universidades o Academias de Arte de Italia y Per\u00fa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Protecci\u00f3n del Patrimonio Cultural y del Paisaje Cultural<\/strong><br \/>\n<strong>5.12<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las dos Partes se comprometen a cooperar, a trav\u00e9s de las Autoridades competentes de los dos Pa\u00edses, para la protecci\u00f3n, conservaci\u00f3n, recuperaci\u00f3n y restituci\u00f3n de bienes culturales arqueol\u00f3gicos, art\u00edsticos e hist\u00f3ricos robados, exportados o transferidos il\u00edcitamente entre la Rep\u00fablica de Italia y la Rep\u00fablica del Per\u00fa, de conformidad con los principios y normas establecidos en la Convenci\u00f3n de la UNESCO sobre las Medidas que deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importaci\u00f3n, la Exportaci\u00f3n y la Transferencia de Propiedad Il\u00edcitas de Bienes Culturales de 1970; en la Convenci\u00f3n de la UNESCO sobre la Protecci\u00f3n del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972; en el Convenio de UNIDROIT sobre los Bienes Culturales Robados o Exportados Il\u00edcitamente de 1995; y de conformidad con la normativa interna de ambos pa\u00edses .<br \/>\nEn este contexto, las dos Partes se reservan el derecho de examinar la posibilidad de crear, si fuera necesario, un Grupo de Trabajo ad hoc, con las competencias y modalidades que se determinen en el momento de su creaci\u00f3n.<br \/>\nLas dos Partes se comprometen asimismo a cooperar para facilitar la identificaci\u00f3n y el retorno a los leg\u00edtimos propietarios de las obras de arte y bienes culturales que hayan llegado a su territorio.<br \/>\nA este respecto, las dos Partes toman nota con satisfacci\u00f3n de la restituci\u00f3n de bienes culturales peruanos efectuada por Italia en 1999 y 2000.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.13<\/strong> La Parte italiana est\u00e1 dispuesta a cooperar en la protecci\u00f3n, conservaci\u00f3n y catalogaci\u00f3n del patrimonio hist\u00f3rico, art\u00edstico, demoetnoantropol\u00f3gico, arqueol\u00f3gico y paisaj\u00edstico y a enviar a sus propios expertos, si as\u00ed se le solicita. Los gastos correspondientes correr\u00e1n a cargo de la Parte solicitante. Los detalles se establecer\u00e1n, en consulta, cuando sea necesario, con los respectivos ministerios competentes, por v\u00eda diplom\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.14<\/strong> La Parte peruana desea la cooperaci\u00f3n italiana para el proyecto de restauraci\u00f3n de la &#8220;Capilla Villegas&#8221; en Lima.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.15<\/strong> Las dos Partes promover\u00e1n iniciativas y proyectos de formaci\u00f3n en el campo de la restauraci\u00f3n del patrimonio cultural dirigidos a restauradores peruanos y realizados por organismos o instituciones p\u00fablicas o privadas italianas, en particular por el Instituto de Arte y Restauraci\u00f3n &#8220;Palazzo Spinelli&#8221; de Florencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.16<\/strong> El Consejo Nacional de Investigaci\u00f3n (C.N.R) est\u00e1 interesado en colaborar con instituciones similares de investigaci\u00f3n peruanas, en particular en el campo de las ciencias hist\u00f3ricas, filos\u00f3ficas y filol\u00f3gicas y de las ciencias y tecnolog\u00edas aplicadas al patrimonio cultural.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.17<\/strong> Ambas Partes fomentar\u00e1n la cooperaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la organizaci\u00f3n y promoci\u00f3n de itinerarios culturales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Misiones arqueol\u00f3gicas<\/strong><br \/>\n<strong>5.18 <\/strong>Las dos Partes seguir\u00e1n fomentando, en las condiciones inicialmente acordadas y a reserva de circunstancias imprevistas, la realizaci\u00f3n de misiones arqueol\u00f3gicas o antropol\u00f3gicas mixtas en sus territorios, previa coordinaci\u00f3n de sus objetivos y condiciones, as\u00ed como la difusi\u00f3n de los resultados de dichas misiones, mediante la formalizaci\u00f3n de los informes elaborados y manteniendo a las Partes constantemente informadas;<br \/>\nEn particular<br \/>\n&#8211; misi\u00f3n arqueol\u00f3gica en los Andes del Norte, dirigida por el Prof. Mario Polia, del Centro de Investigaci\u00f3n y Estudios Ligabue de Venecia, sobre la necr\u00f3polis superior de Cerro Saquir (provincia de Huancabamba)<br \/>\n&#8211; misi\u00f3n arqueol\u00f3gica en el valle de Chacas, bajo la direcci\u00f3n de la Prof. Laura Laurencich Minelli, de la Universidad de Bolonia, Departamento de Paleograf\u00eda y Estudios Medievales, con la colaboraci\u00f3n de la Municipalidad de Chacas<br \/>\n&#8211; misi\u00f3n arqueol\u00f3gica en Chan Chan, en el Departamento de La Libertad, bajo la direcci\u00f3n del Arq. Roberto Orazi del CNR en colaboraci\u00f3n con el Instituto Nacional de Cultura y la Municipalidad de Trujillo;<br \/>\n&#8211; Misi\u00f3n arqueol\u00f3gica Proyecto Nasca, en el Centro Ceremonial de Cahuachi (Provincia de Nasca), dirigida por el Arq. Giuseppe Orefici, del Centro Italiano Studi e Ricerche Archeologiche Precolombiane de Brescia en colaboraci\u00f3n con el Instituto Nacional de Cultura.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Archivos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.19<\/strong> Se prev\u00e9 la cooperaci\u00f3n entre las respectivas Administraciones de Archivos mediante el intercambio de publicaciones cient\u00edficas, microfilmes, copias de documentos y disposiciones reglamentarias, de conformidad con las respectivas legislaciones nacionales vigentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.20<\/strong> Ambas Partes promover\u00e1n, sobre la base de la legislaci\u00f3n vigente en sus respectivos pa\u00edses, la cooperaci\u00f3n entre los Archivos Hist\u00f3ricos y los servicios de documentaci\u00f3n de las Administraciones competentes, con el fin de realizar intercambios de informaci\u00f3n y experiencias, as\u00ed como intercambios de publicaciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Bibliotecas, edici\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.21<\/strong> Las dos Partes (por parte italiana el Ministerio de Bienes y Actividades Culturales y por parte peruana la Biblioteca Nacional) fomentar\u00e1n el intercambio de informaci\u00f3n y material entre las Bibliotecas, Academias e Institutos Culturales de los dos pa\u00edses.<br \/>\nAmbas Partes fomentar\u00e1n, de conformidad con sus respectivas legislaciones internas, el intercambio de reproducci\u00f3n y microfilmaci\u00f3n de material bibliogr\u00e1fico conservado en bibliotecas estatales, as\u00ed como el pr\u00e9stamo interbibliotecario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.22<\/strong> Durante el per\u00edodo de validez del presente Programa Ejecutivo y sobre la base del principio de reciprocidad, las dos Partes intercambiar\u00e1n 1 bibliotecario para visitas de estudio de una duraci\u00f3n m\u00e1xima de 15 d\u00edas cada una.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.23<\/strong> La Parte Italiana manifiesta su disponibilidad para suministrar, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General del Patrimonio del Libro y de los Institutos Culturales del Ministerio de Bienes y Actividades Culturales, libros de cualquier disciplina y tema a las Universidades e Instituciones Culturales que lo soliciten por v\u00eda diplom\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.24<\/strong> Durante el per\u00edodo de vigencia del presente Programa, la Direcci\u00f3n General del Patrimonio del Libro y de los Institutos Culturales del Ministerio de Patrimonio y Actividades Culturales se declara disponible, si as\u00ed se le solicita, para enviar expertos en los campos de la conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, catalogaci\u00f3n, inform\u00e1tica, construcci\u00f3n de bibliotecas y promoci\u00f3n del patrimonio bibliotecario. Los detalles pertinentes se establecer\u00e1n por v\u00eda diplom\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.25<\/strong> Los proyectos de recuperaci\u00f3n de informaci\u00f3n, restauraci\u00f3n y\/o difusi\u00f3n inform\u00e1tica de obras antiguas que formen parte del patrimonio cultural del Per\u00fa y que se encuentren en las diversas bibliotecas del pa\u00eds, deber\u00e1n contar con la autorizaci\u00f3n de la &#8220;Biblioteca Nacional del Per\u00fa'&#8221; como entidad responsable del Patrimonio Cultural Bibliogr\u00e1fico del pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.26<\/strong> La Parte Italiana informa que existen los siguientes premios<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211; premios o contribuciones financieras (Ministerio de Asuntos Exteriores, Direcci\u00f3n General de Promoci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n Cultural) a editores y traductores italianos y\/o extranjeros que desarrollen propuestas destinadas a la difusi\u00f3n de la cultura italiana, a la difusi\u00f3n de libros italianos, a la subtitulaci\u00f3n de cortometrajes, largometrajes y series televisivas destinadas a los medios de comunicaci\u00f3n de masas.<br \/>\nLas solicitudes deben presentarse en las representaciones diplom\u00e1ticas italianas o en los Institutos Italianos de Cultura y, a continuaci\u00f3n, remitirse a la Comisi\u00f3n Nacional para la Promoci\u00f3n de la Cultura Italiana en el Extranjero, establecida en el Ministerio de Asuntos Exteriores.- \u201cPremio nazionale per le traduzioni\u201d, sotto l\u2019Alto Patronato del Presidente della Repubblica, assegnato dalla Direzione Generale per i Beni Librari e gli Istituti Culturali anche a traduttori ed editori stranieri. Presso la stessa Direzione Generale opera il Centro per i traduttori e le iniziative a favore della traduzione, che \u00e8 disposto ad avviare contatti con le competenti istituzioni peruviane.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211; Premi a traduttori di libri italiani in lingue straniere, assegnati dal Dipartimento per l\u2019Informazione ed l\u2019Editoria della Presidenza del Consiglio dei Ministri. Le domande andranno inoltrate per il tramite dei canali diplomatici.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>5.27<\/strong> Ambas Partes promover\u00e1n el intercambio de expertos en gesti\u00f3n cultural. Posteriormente acordar\u00e1n los \u00e1mbitos culturales espec\u00edficos de competencia de estos expertos, as\u00ed como las modalidades, incluidas las financieras, relacionadas con este intercambio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VI. COOPERACI\u00d3N EN MATERIA DE RADIO Y TELEVISI\u00d3N<br \/>\n<\/strong><br \/>\n<strong>6.1.<\/strong> Las dos Partes promover\u00e1n rec\u00edprocamente intercambios en el sector de la radio y la televisi\u00f3n y facilitar\u00e1n acuerdos entre la Radio y Televisi\u00f3n Italiana (RAI) y el Instituto de Radio y Televisi\u00f3n del Per\u00fa (IRTP) sobre :<br \/>\n&#8211; organizaci\u00f3n de cursos de formaci\u00f3n y otras iniciativas de desarrollo profesional para periodistas, t\u00e9cnicos y programadores<br \/>\n&#8211; organizaci\u00f3n de festivales y programas de radio y televisi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VII. DERECHOS HUMANOS<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>7.1<\/strong> Las dos Partes fomentar\u00e1n las actividades culturales destinadas a reforzar la lucha contra el racismo, la intolerancia y la protecci\u00f3n de los derechos humanos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>7.2<\/strong> Las dos Partes promover\u00e1n iniciativas en el \u00e1mbito cultural destinadas a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres y la valorizaci\u00f3n de la creatividad y la producci\u00f3n cultural de las mujeres, en relaci\u00f3n con todos los \u00e1mbitos cubiertos por el presente Programa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VIII. INTERCAMBIOS JUVENILES<br \/>\n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>8.1 <\/strong>Ambas Partes promover\u00e1n la cooperaci\u00f3n en el \u00e1mbito de los Intercambios Juveniles mediante la puesta en marcha de iniciativas conjuntas promovidas por organismos p\u00fablicos y privados para el desarrollo de temas de inter\u00e9s mutuo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>IX DISPOSICIONES FINALES<br \/>\n<\/strong><br \/>\n<strong>9.1 <\/strong> El presente Programa no excluye la posibilidad de acordar, por v\u00eda diplom\u00e1tica, otras iniciativas no previstas en el mismo, previo consentimiento de las Administraciones responsables de la coordinaci\u00f3n del propio Programa.<br \/>\nAmbas Partes acuerdan que todas las iniciativas mencionadas en este Programa se llevar\u00e1n a cabo dentro de los l\u00edmites de la disponibilidad financiera establecida por sus respectivos presupuestos anuales .<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>9.2<\/strong> Los Anexos I, II forman parte integrante de este Programa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>9.3<\/strong> El presente Programa ser\u00e1 v\u00e1lido hasta la firma del siguiente, pero no m\u00e1s all\u00e1 de 2008.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>9.4<\/strong> La pr\u00f3xima reuni\u00f3n de la Comisi\u00f3n Mixta se celebrar\u00e1 en Lima. La fecha se fijar\u00e1 por v\u00eda diplom\u00e1tica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Firmado en Roma el 4 de diciembre de 2002, en dos originales en italiano y espa\u00f1ol, ambos igualmente aut\u00e9nticos<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">POR LA PARTE ITALIANA POR LA PARTE PERUANA<br \/>\nEl Subsecretario de Asuntos Exteriores El Viceministro de Asuntos Exteriores<br \/>\nExcmo. Sr. Mario Baccini Manuel Rodr\u00edguez Cuadros<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ANEXO I<br \/>\nCOOPERACI\u00d3N INTERUNIVERSITARIA<br \/>\n<\/strong><br \/>\nLa siguiente es una lista no exhaustiva de la cooperaci\u00f3n en curso entre universidades italianas y peruanas:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211; Universidad de Palermo y &#8220;Universidad Nacional de San Augustin&#8221; de Arequipa.<br \/>\n&#8211; Universidad de Florencia (Departamento de Qu\u00edmica) y &#8220;Pontificia Universidad Cat\u00f3lica de Lima&#8221;, &#8220;Universidad de S. Antonio Abad de Cusco&#8221; y &#8220;Universidad Nacional S. Agustin de Arequipa&#8221; para el proyecto RED-LIMA PERU&#8217;.<br \/>\n&#8211; Universidad de Bolonia y la &#8220;Pontificia Universidad Cat\u00f3lica de Lima&#8221; en el \u00e1rea de Ciencias Antiguas, Filol\u00f3gicas, Literarias e Hist\u00f3rico-Art\u00edsticas.<br \/>\n&#8211; Universidad de Roma &#8220;La Sapienza&#8221; y &#8220;Universidad Nacional del Altiplano&#8221; de Puno, en el \u00e1rea cultural y cient\u00edfica y en particular en el \u00e1rea de ecolog\u00eda.<br \/>\n&#8211; Universidad de Bolonia y &#8220;Universidad del Pac\u00edfico&#8221; (Lima).<br \/>\n&#8211; Universidades italianas de Messina, Perugia, Salerno, Roma y G\u00e9nova y &#8220;Universidad Cient\u00edfica del Sur&#8221; (Lima).<br \/>\n&#8211; Universidad de Pisa &#8211; Facultad de Derecho y la &#8220;Pontificia Universidad Cat\u00f3lica&#8221; de Per\u00fa (Lima) &#8211; Facultad de Derecho .<br \/>\n&#8211; Universidad de Roma Tre y &#8220;Universidad del Pacifico&#8221;.<br \/>\n&#8211; Accademia d&#8217;Arte Drammatica &#8220;Silvio D&#8217;Amico&#8221; de Roma y la &#8220;Pontificia Universidad Cat\u00f3lica&#8221; de Per\u00fa (Lima)- Facultad de Ciencias de la Comunicaci\u00f3n y Artes.<br \/>\n&#8211; La Universidad San Ignacio de Loyola de Lima desea colaborar con universidades italianas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ANEXO II<br \/>\nCONDICIONES GENERALES Y FINANCIERAS<br \/>\n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">IIa) Intercambio de personas<br \/>\nEl intercambio de personas previsto en los apartados 3.2 y 5.22 del presente Programa se efectuar\u00e1 de acuerdo con el siguiente esquema:<br \/>\n&#8211; la Parte Remitente proporcionar\u00e1 informaci\u00f3n detallada sobre los datos de las personas o delegaciones propuestas (nombre, curr\u00edculum, nacionalidad -que deber\u00e1 ser italiana para los que vayan a Per\u00fa y peruana para los que vayan a Italia-, objeto del viaje, proyecto de trabajo sugerido, nombre de la Instituci\u00f3n o profesor anfitri\u00f3n y del Departamento Universitario correspondiente), y comunicar\u00e1 la fecha de salida y regreso, as\u00ed como cualquier otro detalle necesario. Dicha informaci\u00f3n se comunicar\u00e1 por v\u00eda diplom\u00e1tica, normalmente con un m\u00ednimo de noventa d\u00edas de antelaci\u00f3n a la fecha de salida prevista;<br \/>\n&#8211; la Parte de acogida confirmar\u00e1 su aceptaci\u00f3n por v\u00eda diplom\u00e1tica, normalmente con un m\u00ednimo de un mes de antelaci\u00f3n a la fecha de salida prevista;<br \/>\n&#8211; la Parte Remitente cubrir\u00e1 los gastos de viaje internacional de capital a capital y viceversa<br \/>\n&#8211; la Parte Italiana contribuir\u00e1 a los gastos de manutenci\u00f3n con la suma diaria de 93 euros al d\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para la Parte Peruana, en relaci\u00f3n al intercambio de profesores universitarios (punto 3.2), los gastos de manutenci\u00f3n ser\u00e1n cubiertos por las universidades de acogida que hayan manifestado previamente su acuerdo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">IIb) Becas<br \/>\n&#8211; La selecci\u00f3n de los candidatos que ser\u00e1n propuestos para las becas ser\u00e1 realizada cada a\u00f1o, en cada uno de los dos pa\u00edses, por una Comisi\u00f3n Mixta compuesta por al menos un representante de la Embajada del pa\u00eds oferente;<br \/>\n&#8211; la lista de candidatos seleccionados deber\u00e1 incluir tambi\u00e9n a los candidatos de reserva y deber\u00e1 presentarse a la Embajada del pa\u00eds oferente en el plazo fijado por \u00e9sta; los candidatos que no figuren en la lista mencionada no podr\u00e1n ser aceptados<br \/>\n&#8211; Los candidatos no deber\u00e1n ser mayores de 38 a\u00f1os; cada parte notificar\u00e1 a la otra si los candidatos propuestos y sus planes de estudio han sido aceptados, e indicar\u00e1 asimismo las instituciones en las que ser\u00e1n acogidos;<br \/>\n&#8211; Los becarios no podr\u00e1n partir hacia el pa\u00eds anfitri\u00f3n hasta que hayan recibido notificaci\u00f3n formal de la Embajada del pa\u00eds oferente sobre la fecha a partir de la cual podr\u00e1 tener lugar su partida;<br \/>\n&#8211; La parte italiana ofrecer\u00e1 a los becarios peruanos<br \/>\na) una suma mensual no inferior a 619,75 euros netos;<br \/>\nb) un seguro contra accidentes y enfermedades, con excepci\u00f3n de enfermedades anteriores y pr\u00f3tesis dentales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8211; La parte peruana se reserva el derecho de comunicar anualmente, por v\u00eda diplom\u00e1tica, las modalidades, incluso financieras, de las becas que ofrecer\u00e1 a los ciudadanos italianos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">IIc) Intercambio de exposiciones<br \/>\nSin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5.9, en el curso de los intercambios de exposiciones, la parte remitente facilitar\u00e1, por v\u00eda diplom\u00e1tica, los datos t\u00e9cnicos relativos a la organizaci\u00f3n de los eventos, con la suficiente antelaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"IV PROGRAMA EJECUTIVO DEL ACUERDO CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REP\u00daBLICA ITALIANA Y EL GOBIERNO DE LA REP\u00daBLICA DEL PER\u00da PARA LOS A\u00d1OS 2002 &#8211; 2006 La Parte Italiana y la Parte Peruana, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 12 del Acuerdo Cultural del 8 de abril de 1961 entre la Rep\u00fablica [&hellip;]","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"parent":78,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-530","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/530","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=530"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/530\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9442,"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/530\/revisions\/9442"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/78"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/iiclima.esteri.it\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=530"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}