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Cooperazione culturale e scientifica

IV PROGRAMA EJECUTIVO DEL ACUERDO CULTURAL ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
PARA LOS AÑOS 2002 – 2006

La Parte Italiana y la Parte Peruana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Acuerdo Cultural del 8 de abril de 1961 entre la República de Italia y la República del Perú, con el fin de desarrollar las relaciones culturales y científicas entre ambos países, han acordado el siguiente Programa Ejecutivo de colaboración cultural y científica para los años 2002-2006.

I. COOPERACIÓN EN EL CAMPO DE LA EDUCACIÓN CON ESPECIAL REFERENCIA A LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS Y A LA DIFUSIÓN DE LA CULTURA

1.11.1 Cooperación en materia de enseñanza escolar
Las dos Partes facilitarán y ampliarán la enseñanza de la lengua y la cultura de la otra Parte en las escuelas de todos los niveles y en las universidades, especialmente mediante la creación de cátedras y conferencias, así como mediante iniciativas para la formación de profesores de las lenguas respectivas.
Las dos Partes constatan con satisfacción el funcionamiento en Lima del colegio legalmente reconocido “A. Raimondi College” de La Molina, y del colegio puramente público “St. Margaret’s College” del Callao.
Las dos Partes se comprometen a alcanzar, en el plazo de un año a partir de la firma del presente Programa, acuerdos locales para la definición del estatuto del personal docente procedente de las funciones del Ministerio de Educación, Universidad e Investigación italiano.

1.2.Intercambios escolares
Con el fin de mejorar el conocimiento mutuo y la colaboración en el campo de la educación, las dos Partes (para la Parte italiana el Ministerio de Educación, Universidad e Investigación y para la Parte peruana el “Ministerio de Educación”) intercambiarán una delegación de 3 expertos y/o representantes de los respectivos Ministerios competentes, durante un máximo de 7 días.

1.3 Reconocimiento mutuo de períodos de estudio y calificaciones
Las dos Partes facilitarán el intercambio de material informativo sobre los sistemas escolares y universitarios de los dos Países con el fin de acordar, a través de un grupo conjunto de expertos, cuyas conclusiones se formalizarán mediante un Acuerdo a través de un canje de notas, criterios para una correcta evaluación comparativa de los estudios realizados y de las cualificaciones previstas en los respectivos sistemas, que se recomendarán a las respectivas autoridades e instituciones encargadas del reconocimiento de los estudios y cualificaciones obtenidos en el extranjero.

1.4 La parte italiana (la Dirección General de Promoción y Cooperación Cultural del Ministerio de Asuntos Exteriores) pone a disposición textos sobre estudios italianos, literatura, historia, geografía, ballet, teatro, danza moderna, folclore, legislación en materia cultural y gestión del Patrimonio Cultural, para cursos de formación y actualización de profesores y conferenciantes y para aquellas instituciones culturales que, a través de las sedes diplomáticas, los soliciten.

1.5 Cátedras y lectorados italianos
Las dos Partes favorecerán el desarrollo de los cursos de italiano ya existentes en las Universidades de Lima y Arequipa, donde funcionan dos cátedras titulares.
La parte italiana considerará favorablemente la posibilidad de seguir aportando, dentro de los límites de las posibilidades presupuestarias, contribuciones a otras Universidades peruanas para apoyar la creación y el funcionamiento de cátedras de lengua y cultura italianas a cargo de profesores italianos de lengua materna contratados localmente.

II. BECAS

2.1. La parte italiana ofreció 54 becas mensuales a ciudadanos peruanos en el año académico 2002-2003.

2.2. La Parte peruana se reserva el derecho de comunicar el número de becas que ofrecerá anualmente a los ciudadanos italianos.

2.3 Cada Parte podrá modificar el número de becas mensuales para los años académicos siguientes, de acuerdo con los fondos disponibles para cada año fiscal. Cualquier modificación será notificada por vía diplomática.

2.4. Las Universidades de los dos países podrán establecer acuerdos para facilitar la emisión recíproca de becas, para estudios de postgrado, o especialización, para sus profesores y estudiantes de postgrado.

2.5. La Universidad de Palermo ofrecerá becas a las Universidades con las que haya firmado acuerdos de cooperación.

2.6. La Universidad Nacional “San Agustín de Arequipa” ofrecerá dos becas de tres meses a ciudadanos italianos.

2.7 La Sociedad Dante Alighieri, que tiene la misión de difundir la lengua y la cultura italiana, está presente en Perú con el Comité de Trujillo. Para los años 2002-2004 ofrecerá 3 becas de 1.550,00 euros cada una, para asistir a un curso de lengua y cultura italiana en Italia.

III. COOPERACIÓN EN EL SECTOR UNIVERSITARIO

3.1 Las dos Partes fomentarán la cooperación entre las universidades e instituciones de enseñanza superior de los dos países, mediante la celebración de acuerdos, convenios y el intercambio de profesores, datos e información, así como el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación, seminarios y congresos.

3.2 Durante el período de vigencia de este Programa, las dos Partes intercambiarán anualmente 3 profesores o investigadores universitarios en visitas no superiores a 15 días, con vistas a consolidar acuerdos para nuevas colaboraciones y la realización de proyectos conjuntos de investigación.

3.3 Asimismo, las Partes toman nota con satisfacción de la Declaración Final de la Primera Conferencia Ministerial Europa-América Latina-Caribe sobre Educación Superior (París, 2-3 de noviembre de 2000), en la que expresan su voluntad común de avanzar cualitativa y cuantitativamente en las relaciones interuniversitarias entre los países europeos y sus socios de América Central y del Sur, con vistas a la creación de un Espacio Europeo-Latinoamericano de Educación Superior.

3.4 Las dos Partes (para la Parte peruana, la Asamblea Nacional de Rectores del Perú) promoverán también colaboraciones interuniversitarias en el marco del Programa de Cooperación Universitaria ALFA II UE-América Latina – Formación Académica.

IV. COOPERACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

4.1 Las Partes (para la Parte italiana, el Ministerio de Asuntos Exteriores – MAE – y el Ministerio de Educación, Universidades e Investigación -MIUR- y, para la Parte peruana, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología -CONCYTEC-) promoverán el desarrollo de la cooperación científica y tecnológica entre los dos países a través de
– acuerdos y convenios entre instituciones de los dos países que operen en los campos de las ciencias básicas y aplicadas;
– la realización de proyectos conjuntos de investigación y desarrollo tecnológico
– la organización de conferencias, seminarios y exposiciones científicas
– el intercambio de información científica y tecnológica.

4.2 Las Partes fomentarán la elaboración de proyectos conjuntos que puedan incluirse en los programas de la Unión Europea y de otras organizaciones internacionales y la participación más activa de científicos y expertos de ambos países en su ejecución.

4.3 Ambas Partes fomentarán la realización de los siguientes proyectos conjuntos de investigación

1) Título: Vigilancia a distancia de los movimientos del terreno y de los edificios por causas naturales (deslizamientos, hundimientos, fenómenos volcánicos y terremotos) o artificiales (minas, excavaciones, túneles, movimientos de tierras).
Coordinador italiano: Universidad de Florencia; Dept. de Electrónica y Telecomunicaciones; Prof. Carlo Atzeni , via Santa Marta, 3 ; 50139 Firenze ; tel 055 4796272; Fax 055 494569; e-mail atzeni@det.unifi.it;
Jefe Peruano: Instituto Geofísico del Perú; Prof. Orlando Macedo; Urb. Camino Real – La Molina, Lima 12, Peru’; Apdo Postal 3747; Lima 100 ; Fax 51 1 4368437;

2) Título: Estudio fitoquímico y farmacognóstico de plantas medicinales peruanas, su uso médico, informatización de datos clínicos y experimentales.
Jefe Italiano: Universidad de Pavia; Departamento de Química Orgánica; Prof. Giovanni Vidari ;Via Taramelli 10, 27100 PAVIA;Teléfono: 0382 507322;
Correo electrónico: elettronica:vidari@chifis.unipv.it ;
Jefe Peruano: Instituto Peruano de Fitoterapia Andina (IPIFA)
Dr. Edmundo Szeglia IFIPA, Pedro Venturo; Miraflores 440, Lima 18, Perú; Tel. 0051 1 445-8624;
Postaelettronica:ipifa@amauta.rcp.net.pe

3) Título: Aspectos ecológicos, productivos y de gestión del lago Titicaca.
Responsable italiano: Universidad de Roma “La Sapienza”; Departamento de Genética y Biología Molecular; Prof. Loreto Rossi; Via dei Sardi, 70, 00185 ROMA;Teléfono y fax: +39 6 4940800; E-mail: loreto.rossi@uniroma1.it ;
Responsable peruano: Universidad ‘Nacional del Altiplano’ de Puno

V. CULTURA Y ARTE

Música, Teatro, Danza, Cine y Artes

5.1. Las dos Partes favorecerán la realización de espectáculos y giras de grupos o artistas individuales particularmente calificados, así como el intercambio de partituras y material musical entre la Orquesta Sinfónica del Perú y sus corresponsales en Italia, y la colaboración e intercambios entre importantes Organismos y Asociaciones de los respectivos países.

5.2 La Fundación “Valentino Bucchi” está dispuesta a realizar iniciativas comunes en el marco de la creación artística y cultural de nuestro tiempo. En particular, la Fundación tiene la intención de proponer a músicos y expertos designados por el país de envío, la participación en el jurado del “Premio Internacional Valentino Bucchi” y otras actividades (conferencias, seminarios, festivales). Los gastos de alojamiento y manutención correrán a cargo de la Fundación, mientras que los gastos de viaje correrán a cargo de la Parte Remitente o de un organismo o institución delegado por ésta.

5.3 La Fondazione Roma-Europa está dispuesta a colaborar con las instituciones culturales peruanas interesadas para llevar a cabo iniciativas conjuntas en el ámbito de las actividades culturales y de las creaciones artísticas en particular.

5.4 Las dos Partes fomentarán la organización de espectáculos y eventos particularmente representativos de la cultura cinematográfica de los dos países.

5.5 Las dos Partes facilitarán recíprocamente la organización de festivales cinematográficos, el intercambio de información y documentación, y fomentarán la participación en los festivales cinematográficos más importantes de ambos países.

5.6 Las dos Partes promoverán la cooperación en el ámbito de la coproducción, la distribución y la comercialización de películas, en particular en relación con las acciones destinadas a terceros mercados, incluso mediante acciones conjuntas con las organizaciones internacionales pertinentes.

5.7 Las Partes apoyarán las actividades del Instituto Internacional de Cine y Audiovisual de los Países Latinos.

5.8. Ambas Partes fomentarán la organización de exposiciones y eventos representativos de la artesanía.

Exposiciones y Museos

5.9 Las dos Partes organizarán exposiciones de alto nivel durante la vigencia del presente Programa Ejecutivo. Los detalles de estos intercambios, incluidos los de carácter financiero, se establecerán por vía diplomática caso por caso.

5.10 Las dos Partes (por parte italiana el Ministerio de Bienes y Actividades Culturales y por parte peruana el “Instituto Nacional de Cultura”) fomentarán la cooperación entre sus respectivos museos (participación en seminarios, intercambio de expertos, publicaciones e información sobre actividades y criterios técnico-científicos y normas de funcionamiento y desarrollo de los museos; así como, de conformidad con sus respectivas y pertinentes legislaciones, el préstamo de obras); fomentando las exposiciones de arte peruano en Italia y las de arte italiano, especialmente de la época antigua, en Perú. Las condiciones de esta colaboración se acordarán por vía diplomática.

5.11 El “Museo de Arte de Lima” ha manifestado su interés en establecer vínculos de cooperación y firmar un convenio interinstitucional con el Museo de Arte Contemporáneo de Roma.
Al mismo tiempo, el “Museo de Arte de Lima” propone, entre otras iniciativas para promover el intercambio cultural, actividades de formación de profesionales de ambos museos así como la realización de proyectos expositivos tales como:
– Exposiciones históricas italo-peruanas sobre el arte del siglo XX o sobre algunas de sus tendencias.
– Reseñas de arte italiano/peruano, exposiciones retrospectivas individuales.
– La obra de reconocidos y prestigiosos artistas italianos/peruanos internacionales, con una visión no necesariamente antológica de su obra.
– ‘Zona Cero o Espacio Uno’, programa destinado a reunir los aspectos más recientes de la creación de jóvenes artistas de las Facultades de las Universidades o Academias de Arte de Italia y Perú.

Protección del Patrimonio Cultural y del Paisaje Cultural
5.12

Las dos Partes se comprometen a cooperar, a través de las Autoridades competentes de los dos Países, para la protección, conservación, recuperación y restitución de bienes culturales arqueológicos, artísticos e históricos robados, exportados o transferidos ilícitamente entre la República de Italia y la República del Perú, de conformidad con los principios y normas establecidos en la Convención de la UNESCO sobre las Medidas que deben Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad Ilícitas de Bienes Culturales de 1970; en la Convención de la UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972; en el Convenio de UNIDROIT sobre los Bienes Culturales Robados o Exportados Ilícitamente de 1995; y de conformidad con la normativa interna de ambos países .
En este contexto, las dos Partes se reservan el derecho de examinar la posibilidad de crear, si fuera necesario, un Grupo de Trabajo ad hoc, con las competencias y modalidades que se determinen en el momento de su creación.
Las dos Partes se comprometen asimismo a cooperar para facilitar la identificación y el retorno a los legítimos propietarios de las obras de arte y bienes culturales que hayan llegado a su territorio.
A este respecto, las dos Partes toman nota con satisfacción de la restitución de bienes culturales peruanos efectuada por Italia en 1999 y 2000.

5.13 La Parte italiana está dispuesta a cooperar en la protección, conservación y catalogación del patrimonio histórico, artístico, demoetnoantropológico, arqueológico y paisajístico y a enviar a sus propios expertos, si así se le solicita. Los gastos correspondientes correrán a cargo de la Parte solicitante. Los detalles se establecerán, en consulta, cuando sea necesario, con los respectivos ministerios competentes, por vía diplomática.

5.14 La Parte peruana desea la cooperación italiana para el proyecto de restauración de la “Capilla Villegas” en Lima.

5.15 Las dos Partes promoverán iniciativas y proyectos de formación en el campo de la restauración del patrimonio cultural dirigidos a restauradores peruanos y realizados por organismos o instituciones públicas o privadas italianas, en particular por el Instituto de Arte y Restauración “Palazzo Spinelli” de Florencia.

5.16 El Consejo Nacional de Investigación (C.N.R) está interesado en colaborar con instituciones similares de investigación peruanas, en particular en el campo de las ciencias históricas, filosóficas y filológicas y de las ciencias y tecnologías aplicadas al patrimonio cultural.

5.17 Ambas Partes fomentarán la cooperación en el ámbito de la organización y promoción de itinerarios culturales.

Misiones arqueológicas
5.18 Las dos Partes seguirán fomentando, en las condiciones inicialmente acordadas y a reserva de circunstancias imprevistas, la realización de misiones arqueológicas o antropológicas mixtas en sus territorios, previa coordinación de sus objetivos y condiciones, así como la difusión de los resultados de dichas misiones, mediante la formalización de los informes elaborados y manteniendo a las Partes constantemente informadas;
En particular
– misión arqueológica en los Andes del Norte, dirigida por el Prof. Mario Polia, del Centro de Investigación y Estudios Ligabue de Venecia, sobre la necrópolis superior de Cerro Saquir (provincia de Huancabamba)
– misión arqueológica en el valle de Chacas, bajo la dirección de la Prof. Laura Laurencich Minelli, de la Universidad de Bolonia, Departamento de Paleografía y Estudios Medievales, con la colaboración de la Municipalidad de Chacas
– misión arqueológica en Chan Chan, en el Departamento de La Libertad, bajo la dirección del Arq. Roberto Orazi del CNR en colaboración con el Instituto Nacional de Cultura y la Municipalidad de Trujillo;
– Misión arqueológica Proyecto Nasca, en el Centro Ceremonial de Cahuachi (Provincia de Nasca), dirigida por el Arq. Giuseppe Orefici, del Centro Italiano Studi e Ricerche Archeologiche Precolombiane de Brescia en colaboración con el Instituto Nacional de Cultura.

Archivos

5.19 Se prevé la cooperación entre las respectivas Administraciones de Archivos mediante el intercambio de publicaciones científicas, microfilmes, copias de documentos y disposiciones reglamentarias, de conformidad con las respectivas legislaciones nacionales vigentes.

5.20 Ambas Partes promoverán, sobre la base de la legislación vigente en sus respectivos países, la cooperación entre los Archivos Históricos y los servicios de documentación de las Administraciones competentes, con el fin de realizar intercambios de información y experiencias, así como intercambios de publicaciones.

Bibliotecas, edición

5.21 Las dos Partes (por parte italiana el Ministerio de Bienes y Actividades Culturales y por parte peruana la Biblioteca Nacional) fomentarán el intercambio de información y material entre las Bibliotecas, Academias e Institutos Culturales de los dos países.
Ambas Partes fomentarán, de conformidad con sus respectivas legislaciones internas, el intercambio de reproducción y microfilmación de material bibliográfico conservado en bibliotecas estatales, así como el préstamo interbibliotecario.

5.22 Durante el período de validez del presente Programa Ejecutivo y sobre la base del principio de reciprocidad, las dos Partes intercambiarán 1 bibliotecario para visitas de estudio de una duración máxima de 15 días cada una.

5.23 La Parte Italiana manifiesta su disponibilidad para suministrar, a través de la Dirección General del Patrimonio del Libro y de los Institutos Culturales del Ministerio de Bienes y Actividades Culturales, libros de cualquier disciplina y tema a las Universidades e Instituciones Culturales que lo soliciten por vía diplomática.

5.24 Durante el período de vigencia del presente Programa, la Dirección General del Patrimonio del Libro y de los Institutos Culturales del Ministerio de Patrimonio y Actividades Culturales se declara disponible, si así se le solicita, para enviar expertos en los campos de la conservación, restauración, catalogación, informática, construcción de bibliotecas y promoción del patrimonio bibliotecario. Los detalles pertinentes se establecerán por vía diplomática.

5.25 Los proyectos de recuperación de información, restauración y/o difusión informática de obras antiguas que formen parte del patrimonio cultural del Perú y que se encuentren en las diversas bibliotecas del país, deberán contar con la autorización de la “Biblioteca Nacional del Perú'” como entidad responsable del Patrimonio Cultural Bibliográfico del país.

5.26 La Parte Italiana informa que existen los siguientes premios

– premios o contribuciones financieras (Ministerio de Asuntos Exteriores, Dirección General de Promoción y Cooperación Cultural) a editores y traductores italianos y/o extranjeros que desarrollen propuestas destinadas a la difusión de la cultura italiana, a la difusión de libros italianos, a la subtitulación de cortometrajes, largometrajes y series televisivas destinadas a los medios de comunicación de masas.
Las solicitudes deben presentarse en las representaciones diplomáticas italianas o en los Institutos Italianos de Cultura y, a continuación, remitirse a la Comisión Nacional para la Promoción de la Cultura Italiana en el Extranjero, establecida en el Ministerio de Asuntos Exteriores.- “Premio nazionale per le traduzioni”, sotto l’Alto Patronato del Presidente della Repubblica, assegnato dalla Direzione Generale per i Beni Librari e gli Istituti Culturali anche a traduttori ed editori stranieri. Presso la stessa Direzione Generale opera il Centro per i traduttori e le iniziative a favore della traduzione, che è disposto ad avviare contatti con le competenti istituzioni peruviane.

– Premi a traduttori di libri italiani in lingue straniere, assegnati dal Dipartimento per l’Informazione ed l’Editoria della Presidenza del Consiglio dei Ministri. Le domande andranno inoltrate per il tramite dei canali diplomatici.

5.27 Ambas Partes promoverán el intercambio de expertos en gestión cultural. Posteriormente acordarán los ámbitos culturales específicos de competencia de estos expertos, así como las modalidades, incluidas las financieras, relacionadas con este intercambio.

VI. COOPERACIÓN EN MATERIA DE RADIO Y TELEVISIÓN

6.1. Las dos Partes promoverán recíprocamente intercambios en el sector de la radio y la televisión y facilitarán acuerdos entre la Radio y Televisión Italiana (RAI) y el Instituto de Radio y Televisión del Perú (IRTP) sobre :
– organización de cursos de formación y otras iniciativas de desarrollo profesional para periodistas, técnicos y programadores
– organización de festivales y programas de radio y televisión.

VII. DERECHOS HUMANOS

7.1 Las dos Partes fomentarán las actividades culturales destinadas a reforzar la lucha contra el racismo, la intolerancia y la protección de los derechos humanos.

7.2 Las dos Partes promoverán iniciativas en el ámbito cultural destinadas a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres y la valorización de la creatividad y la producción cultural de las mujeres, en relación con todos los ámbitos cubiertos por el presente Programa.

VIII. INTERCAMBIOS JUVENILES

8.1 Ambas Partes promoverán la cooperación en el ámbito de los Intercambios Juveniles mediante la puesta en marcha de iniciativas conjuntas promovidas por organismos públicos y privados para el desarrollo de temas de interés mutuo.

IX DISPOSICIONES FINALES

9.1 El presente Programa no excluye la posibilidad de acordar, por vía diplomática, otras iniciativas no previstas en el mismo, previo consentimiento de las Administraciones responsables de la coordinación del propio Programa.
Ambas Partes acuerdan que todas las iniciativas mencionadas en este Programa se llevarán a cabo dentro de los límites de la disponibilidad financiera establecida por sus respectivos presupuestos anuales .

9.2 Los Anexos I, II forman parte integrante de este Programa.

9.3 El presente Programa será válido hasta la firma del siguiente, pero no más allá de 2008.

9.4 La próxima reunión de la Comisión Mixta se celebrará en Lima. La fecha se fijará por vía diplomática.

Firmado en Roma el 4 de diciembre de 2002, en dos originales en italiano y español, ambos igualmente auténticos

POR LA PARTE ITALIANA POR LA PARTE PERUANA
El Subsecretario de Asuntos Exteriores El Viceministro de Asuntos Exteriores
Excmo. Sr. Mario Baccini Manuel Rodríguez Cuadros

ANEXO I
COOPERACIÓN INTERUNIVERSITARIA

La siguiente es una lista no exhaustiva de la cooperación en curso entre universidades italianas y peruanas:

– Universidad de Palermo y “Universidad Nacional de San Augustin” de Arequipa.
– Universidad de Florencia (Departamento de Química) y “Pontificia Universidad Católica de Lima”, “Universidad de S. Antonio Abad de Cusco” y “Universidad Nacional S. Agustin de Arequipa” para el proyecto RED-LIMA PERU’.
– Universidad de Bolonia y la “Pontificia Universidad Católica de Lima” en el área de Ciencias Antiguas, Filológicas, Literarias e Histórico-Artísticas.
– Universidad de Roma “La Sapienza” y “Universidad Nacional del Altiplano” de Puno, en el área cultural y científica y en particular en el área de ecología.
– Universidad de Bolonia y “Universidad del Pacífico” (Lima).
– Universidades italianas de Messina, Perugia, Salerno, Roma y Génova y “Universidad Científica del Sur” (Lima).
– Universidad de Pisa – Facultad de Derecho y la “Pontificia Universidad Católica” de Perú (Lima) – Facultad de Derecho .
– Universidad de Roma Tre y “Universidad del Pacifico”.
– Accademia d’Arte Drammatica “Silvio D’Amico” de Roma y la “Pontificia Universidad Católica” de Perú (Lima)- Facultad de Ciencias de la Comunicación y Artes.
– La Universidad San Ignacio de Loyola de Lima desea colaborar con universidades italianas.

ANEXO II
CONDICIONES GENERALES Y FINANCIERAS

IIa) Intercambio de personas
El intercambio de personas previsto en los apartados 3.2 y 5.22 del presente Programa se efectuará de acuerdo con el siguiente esquema:
– la Parte Remitente proporcionará información detallada sobre los datos de las personas o delegaciones propuestas (nombre, currículum, nacionalidad -que deberá ser italiana para los que vayan a Perú y peruana para los que vayan a Italia-, objeto del viaje, proyecto de trabajo sugerido, nombre de la Institución o profesor anfitrión y del Departamento Universitario correspondiente), y comunicará la fecha de salida y regreso, así como cualquier otro detalle necesario. Dicha información se comunicará por vía diplomática, normalmente con un mínimo de noventa días de antelación a la fecha de salida prevista;
– la Parte de acogida confirmará su aceptación por vía diplomática, normalmente con un mínimo de un mes de antelación a la fecha de salida prevista;
– la Parte Remitente cubrirá los gastos de viaje internacional de capital a capital y viceversa
– la Parte Italiana contribuirá a los gastos de manutención con la suma diaria de 93 euros al día.

Para la Parte Peruana, en relación al intercambio de profesores universitarios (punto 3.2), los gastos de manutención serán cubiertos por las universidades de acogida que hayan manifestado previamente su acuerdo.

IIb) Becas
– La selección de los candidatos que serán propuestos para las becas será realizada cada año, en cada uno de los dos países, por una Comisión Mixta compuesta por al menos un representante de la Embajada del país oferente;
– la lista de candidatos seleccionados deberá incluir también a los candidatos de reserva y deberá presentarse a la Embajada del país oferente en el plazo fijado por ésta; los candidatos que no figuren en la lista mencionada no podrán ser aceptados
– Los candidatos no deberán ser mayores de 38 años; cada parte notificará a la otra si los candidatos propuestos y sus planes de estudio han sido aceptados, e indicará asimismo las instituciones en las que serán acogidos;
– Los becarios no podrán partir hacia el país anfitrión hasta que hayan recibido notificación formal de la Embajada del país oferente sobre la fecha a partir de la cual podrá tener lugar su partida;
– La parte italiana ofrecerá a los becarios peruanos
a) una suma mensual no inferior a 619,75 euros netos;
b) un seguro contra accidentes y enfermedades, con excepción de enfermedades anteriores y prótesis dentales.

– La parte peruana se reserva el derecho de comunicar anualmente, por vía diplomática, las modalidades, incluso financieras, de las becas que ofrecerá a los ciudadanos italianos.

IIc) Intercambio de exposiciones
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 5.9, en el curso de los intercambios de exposiciones, la parte remitente facilitará, por vía diplomática, los datos técnicos relativos a la organización de los eventos, con la suficiente antelación.